Artículo 19.
Préstamo en sala, consiste en facilitar el material documental a los usuarios para su lectura exclusivamente dentro de las salas.
Artículo 20.
Préstamo a domicilio, consiste en la autorización que se otorga a los usuarios internos para llevar a su domicilio un máximo de tres libros por siete días naturales. El plazo podrá prorrogarse, ya sea presencialmente o por vía telefónica por dos periodos iguales siempre y cuando el préstamo no esté vencido o el material no esté en lista de espera por otro usuario y podrá devolverse en la fecha establecida o antes de la fecha que se indique.

No serán objeto de préstamo a domicilio, los materiales deteriorados, únicos, obras de consulta, publicaciones periódicas, tesis, documentos del Fondo Antiguo y colecciones especiales, materiales audiovisuales y todos aquellos que la BC determine.
Artículo 21.
Préstamo interbibliotecario, Consiste en proporcionar material documental a las instituciones que lo soliciten y con las cuales se establezcan convenios de tal naturaleza. La duración de los convenios de préstamo interbibliotecario, será de enero a diciembre del mismo año en que se celebren. Este servicio se ofrecerá a cualquier institución que presente su solicitud y se sujetará a las siguientes condiciones:
  1. La biblioteca solicitante deberá enviar la petición de préstamo interbibliotecario debidamente requisitada y de acuerdo con los contenidos de los formatos establecidos por la BC;
  2. El horario para solicitar este servicio será el mismo de la biblioteca;
  3. El máximo de obras prestadas será de 3 títulos, por biblioteca solicitante;
  4. No serán objeto de préstamo los materiales descritos en el artículo 20 párrafo segundo;
  5. No se podrán solicitar nuevos títulos, hasta que no se realice la devolución del material del préstamo anterior;
  6. El periodo de préstamo interbibliotecario, será de 7 días hábiles, con derecho a dos renovaciones en caso de que el material no sea requerido por BC;
  7. Las publicaciones periódicas no se prestan, sin embargo, se podrán proporcionar las fotocopias de las mismas; siempre que no contravengan las disposiciones legales vigentes relacionadas con los derechos de autor;
  8. La biblioteca solicitante asumirá la responsabilidad de los gastos de reparación, extravío o daño del material prestado.
La BC tramitará el servicio de préstamo interbibliotecario, exclusivamente para su personal y el de la DGB;
Artículo 22.
Préstamo especial, se proporciona únicamente al personal académico de la DGB y de la BC, para apoyo y actividades sustantivas de las áreas. El personal se compromete a registrar en el control de préstamo y mantener los materiales dentro de las instalaciones de la Biblioteca, además devolverlos en el periodo autorizado o cuando otros usuarios los soliciten y no exista otro ejemplar.
Artículo 23.
Consulta general, consiste en orientar, instruir e informar a los usuarios en el manejo de las fuentes documentales, tales como anuarios, almanaques, atlas, diccionarios, enciclopedias, manuales, índices y resúmenes, entre otras.
Artículo 24.
Consulta especializada, se brinda acceso a fuentes de información electrónica, como bases de datos nacionales e internacionales, referenciales y de texto completo, revistas, tesis y libros en formato electrónico, así como en el uso de Internet con fines académicos, procesadores de texto, entre otros.
Artículo 25.
Programas de habilidades para el uso de los recursos, el personal académico de la BC proporcionará información y asesorías acerca de los recursos y los servicios que se ofrecen.
Artículo 26.
Búsquedas bibliográficas y obtención de documentos, por medio de estos servicios se recuperan y obtienen documentos nacionales e internacionales, así como todo lo escrito sobre un tema o un autor en especial. Dichos servicios se ofrecen previa solicitud y aceptación del costo de los mismos.
Artículo 27.
Publicaciones periódicas, la hemeroteca proporciona información actualizada y retrospectiva publicada en revistas, periódicos, anuarios, memorias, entre otros, nacionales e internacionales; su consulta se realiza exclusivamente en la sala de lectura. Para acceder a este servicio, es necesario que el usuario presente una identificación vigente y previa solicitud.
Artículo 28.
Tesis, consiste en poner a disposición las disertaciones de grado presentadas por los egresados de la UNAM así como de universidades incorporadas, que se reciben por depósito o donación, asegurando la preservación, recuperación y difusión de las tesis. El servicio se brinda exclusivamente en la sala de lectura, presentando previa identificación del usuario.
Artículo 29.
Fondo Antiguo y colecciones especiales, brinda a la comunidad UNAM y al público especializado el acceso y la consulta a las colecciones antiguas que se encuentran en él.
Artículo 30.
Multimedia, facilita la consulta de videocasetes y CD-ROM de divulgación sobre temas multidisciplinarios. Para su uso en la sala, es necesario presentar identificación vigente. En ningún momento se podrán contravenir las disposiciones legales vigentes relacionadas con los derechos de autor.
Artículo 31.
Fotocopiado, por medio de este servicio el usuario puede solicitar las copias de los materiales bibliográficos y hemerográficos consultados en la Biblioteca. En el caso del material con visible muestra de deterioro, deberá solicitarse la autorización correspondiente en la Subdirección, de lo contrario se negará el servicio, que está concesionado y controlado por Patronato Universitario. En ningún momento se podrán contravenir las disposiciones legales vigentes relacionadas con los derechos de autor.
Artículo 32.
Extensión bibliotecaria, brinda a la comunidad UNAM y público en general actividades de fomento a la cultura, visitas guiadas internas y externas, además de exposiciones y eventos relacionados con el ámbito de bibliotecas. Como por ejemplo la tradicional Feria del Libro de la BC que le permite a los usuarios seleccionar de manera directa, las novedades editoriales.

Biblioteca Central

 

 

 

Dirección: Edificio de la Biblioteca Central
Circuito Interior s/n, Ciudad Universitaria
Alcaldía Coyoacán, C.P. 04510
Ciudad de México, México.

Teléfonos: (+52) 55 5622 1625 y (+52) 55 5622 1658

Horario de servicio: Lunes a domingo y días festivos, de 8:30 a 21:30 horas.
Excepto en periodos vacacionales administrativos de la UNAM.


E-mail: bcentral@dgb.unam.mx


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